En febrero del año 2014, el señor Tomás Gabriel Crisanto, indígena otomí de Temoaya, municipio del Estado de México, fue sentenciado por el delito de homicidio a 44 años de prisión, pero hoy obtuvo su libertad anticipada tras confirmarse que durante su proceso se cometieron varias irregularidades y por ende se podía acoger al mecanismo de amnistía.
A 13 años de su detención y sentencia “injusta”, este 17 de febrero del 2026, el señor Crisanto abandonó el penal estatal ubicado en el municipio de Almoloya de Juárez luego de que las y los integrantes de la Sala de Asuntos Indígenas (SAI) del Poder Judicial estatal, encabezada por Erika Castillo Vega, presidenta y las magistradas y magistrados Verónica Carrillo Carrillo y María Rosalba Briseño Alvarado, Arturo Márquez González y Lawrence Eliseo Serrano Domínguez, respectivamente, analizaron el asunto y votaron, por unanimidad, para que de inmediato se comunicara a los directivos del penal que al señor se le dejara en libertad.

Lo anterior, esgrimieron los magistrados en presencia de la esposa del señor Tomás Crisanto y vecina de la comunidad de Jiquipilco el Viejo del municipio de Temoaya, del titular de la Comisión de Derechos Humanos y diputados del Congreso mexiquense, ya que durante el proceso que derivó en la referida sentencia, se cometieron irregularidades, entre las cuales está que el sentenciado, al momento de juicio, no entendía el español, pues su lengua es la otomí.
El “castigo” contundente emitido contra el otomí evidenció cómo el sistema de justicia estatal en esos años, no actuó de forma adecuada, pues, pese a que en las audiencias se confirmó y demostró que Tomás Crisanto no había disparado, aunque sí manejaba la camioneta desde donde su sobrino (de 17 años) activó el arma de donde salieron las balas que terminaron con la vida de la víctima, la sentencia fue de casi medio siglo.
El sobrino, asesino confeso que hoy ya está en libertad tras permanecer 5 años en prisión, durante todas las audiencias a los juzgadores (de primera y segunda instancia) les precisaba que él había actuado sin que su tío supiera su proceder.
Los juzgadores de segunda instancia confirmaron el castigo, la privación de su libertad; es decir, no importó que el señor juzgado, durante el juicio, no entendiera el español, pero sobre todo que él no había accionado el arma con la que se cometió el homicidio doloso.
«Yo deslindo a mi tío de cualquier responsabilidad del hecho», dijo en las audiencias el sobrino sentenciado y liberado el año 2019 (a los 23 años de edad), precisó Lady Plácido, activista de la organización «Haz Valer Mi Libertad», colectivo que abandera casos de personas que han sido privadas de la libertad, encarcelados, de forma irregular.

A esa afirmación emitidas ante juezas y jueces a lo largo de todo el proceso, también se sumo el comentario, ante esas mismas instancias, el testimonio de los testigos del hecho delictivo, los cuales refieren que «el señor no intervino en la agresión». Tomás Crisanto fue detenido a las afueras de los juzgados de Lerma, luego que acudió por voluntad propia a informar a la autoridad sobre lo acontecido.
“Sentimos que la justicia por fin alcanzó a nuestros pueblos indígenas. Que Dios los bendiga y continúe guiándolos, que les dé sabiduría para que personas como nosotros puedan volver a estar con su gente”, expresó Carmen, con la voz quebrada, luego de escuchar la resolución que restituyó la libertad a su esposo Tomás, mediante una amnistía concedida por la Sala de Asuntos Indígenas del Poder Judicial del Estado de México.

La sesión extraordinaria pública se realizó en el Salón de Plenos del Palacio de Justicia, con la asistencia del Magistrado Héctor Macedo García, Presidente del Tribunal Superior de Justicia, la Diputada Martha Azucena Camacho Reynoso, Presidenta de la Mesa Directiva de la LXII Legislatura, el Diputado José Francisco Vázquez Rodríguez, Presidente de la Junta de Coordinación Política, Víctor Leopoldo Delgado Pérez, titular de la Comisión de Derechos Humanos, y José Carlos Neira Cruz, Director del Instituto de la Defensoría Pública, en representación de la Gobernadora.
Durante la sesión, las y los integrantes de la SAI, magistradas Erika Castillo Vega, quien preside la Sala, Verónica Carrillo Carrillo y María Rosalba Briseño Alvarado, junto con los magistrados Arturo Márquez González y Lawrence Eliseo Serrano Domínguez, analizaron el asunto y votaron por unanimidad.
Coincidieron en que, durante décadas, los pueblos originarios enfrentaron barreras para acudir a los tribunales. Consideraron que este mecanismo, aplicado con criterios técnicos y sensibilidad social, corrige desequilibrios sin dejar de lado a las víctimas.

Al presentar el caso, la Magistrada Carrillo Carrillo, explicó que Tomás, indígena otomí, fue sentenciado en 2014 por homicidio. Años después, la Defensoría de Derechos Humanos acreditó irregularidades como falta de traducción, asesoría jurídica sin perspectiva intercultural y limitaciones que le impidieron comprender la imputación; además, pobreza, rezago escolar y marginación. Con base en ello, se activó la vía extraordinaria prevista en la Ley de Amnistía del Estado de México.
La Sala confirmó su pertenencia comunitaria, la inexistencia de reincidencia, el cumplimiento de la reparación del daño y de los requisitos legales y la realización de actividades sustitutivas, por lo que fue procedente el beneficio para restituir sus garantías.
Para el Magistrado Presidente Héctor Macedo García, el fallo refleja la coordinación entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado de México para convertir la Ley de Amnistía en una herramienta efectiva y no simbólica. Señaló que la institución busca escuchar, reconocer fallas y actuar con empatía frente a contextos de desigualdad. También subrayó la colaboración interinstitucional, la participación de la Defensoría Pública y el compromiso de perfeccionar la norma para ampliar oportunidades.
Por su parte, el ombudsperson Víctor Leopoldo Delgado Pérez destacó que la amnistía responde a la demanda social de justicia accesible para grupos vulnerables.
Indicó que el organismo puede emitir pronunciamientos ante violaciones al debido proceso y que sus análisis incorporan enfoques: intercultural, de género e interseccional.
Esta es la tercera amnistía que concede la Sala de Asuntos Indígenas del PJEdomex a un integrante de grupo originario; con ella se consolida una línea de actuación centrada en la restitución de derechos, la perspectiva intercultural y la corrección de desigualdades históricas dentro del sistema penal.
El fallo reafirma el compromiso institucional de analizar cada asunto con criterios de inclusión, equidad y reconocimiento de la diversidad.
Asistieron Maricela Reyes Hernández, Magistrada Presidenta del Tribunal de Disciplina Judicial, así como sus integrantes las magistradas Nancy Flores Mendoza y Karla Ivonne Díaz Iniesta; los Magistrados Jesús Ángel Cadena Alcalá y Alejandro Jaime Gómez Sánchez. También Fernando Díaz Juárez, Magistrado Presidente del Órgano de Administración Judicial, sus integrantes, las magistradas María Alejandra Almazán Barrera y Elizabeth Rodríguez Colín, así como los magistrados Pablo Espinosa Márquez y Hernán Mejía López; magistradas, magistrados, juezas, jueces, integrantes de asociaciones civiles y público en general.

About The Author
Descubre más desde Alerta Edomex
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.
